jueves, 25 de febrero de 2016

UNIDADES O DEPARTAMENTOS (I)

Los establecimientos penitenciarios siempre cuentan, en el conjunto de sus dependencias con servicios idóneos de dormitorios individuales, enfermería, escuela, biblioteca, instalaciones deportivas y recreativas, talleres, patios, peluquería, cocina, comedor, locutorios individualizados, departamento de información al exterior, salas anejas para visitas familiares, y, en general, todas aquellas que permitan desarrollar en ellos una vida de colectividad organizada y una adecuada clasificación de los internos, en relación con los fines que, en cada caso, le están atribuidos.
La entrada en prisión es siempre un hecho traumático que se pretende paliar, en la medida de lo posible, acogiendo a la persona que entra en prisión en un departamento específico, denominado MÓDULO DE INGRESOS.

  • MÓDULOS DE INGRESOS


Aquí acuden las personas privadas de libertad que han sido condenadas. En este módulo el recluso se está unos dos o tres días aproximadamente hasta que la junta directiva determina a que módulo pertenece el perfil de su delito.
El ingreso de una persona en prisión, en calidad de detenida, presa o penada, se puede efectuar mediante:
·      Orden judicial de detención.
·      Mandamiento de prisión.
·      Sentencia firme de la autoridad judicial competente.
·      Detención por orden de la policía judicial, detención acordada por el Ministerio Fiscal o por presentación voluntaria.
En los supuestos anteriores en que el ingreso no estuviera acompañado de orden o mandamiento judicial, el director del establecimiento lo solicitaría en las 24 horas siguientes al ingreso, y ha de recibirlo en un máximo de 72 horas desde el mismo, y en caso de no ser así se procedería a excarcelar al interno, comunicándolo debidamente.


Procedimiento de ingreso

Una vez admitido un recluso dentro de un establecimiento penitenciario, se procurará que el procedimiento de ingreso se lleve a cabo con la máxima intimidad posible.
Paso a paso:

1.    Identificación personal.
El procedimiento se inicia verificando la identidad personal, efectuando la reseña alfabética, dactilar y fotográfica, que servirán en el futuro para identificar a la persona en sus salidas al exterior del establecimiento por cualquier causa, incluida la puesta en libertad.

2.    Inscripción y apertura de expediente.
Se inscribe a la persona en el libro de ingresos y se realiza la apertura del expediente personal, que recoge de forma cronológica todas las incidencias penitenciarias, penales y en situación de prisión preventiva de cada interno. El expediente se reabre con cada nuevo ingreso, permaneciendo archivado, mientras tanto, en el centro del que el interno salió en libertad por última vez. Consecuentemente, en caso de reingreso, el expediente personal se reabre en vez de crear uno nuevo. Del contenido de este expediente tiene derecho a ser informado su titular en cualquier momento. Además, los datos se incluyen en los ficheros informáticos gestionados por la Administración Penitenciaria. La persona podrá acceder a estos datos en cualquier momento, y solicitar a la Administración Penitenciaria cualquier rectificación necesaria.

3.    Cacheo y registro de pertenencias.
Se procede entonces al cacheo de la persona y al registro de sus pertenencias, retirándosele los enseres y objetos no autorizados, que se guardan en el centro previa entrega de un recibo. Podrán ser retirados por él o ella al salir en libertad o por un familiar que designe.

4.    Información al interno.
El interno es informado de sus derechos y obligaciones, así como de los procedimientos para hacerlos efectivos. Esta información se le da por escrito, e incluye información relativa al régimen del establecimiento, a las normas disciplinarias y también a los medios para formular peticiones, quejas y recursos. Por su parte, el educador completará esta información de manera verbal, atendiendo posibles dudas y preguntas.

5.    Visita médica y entrevistas.
Una vez realizados los pasos anteriores, la persona pasa a ocupar una celda en el departamento de ingresos, y será visitada por el médico en 24 horas, y posteriormente por profesionales del Equipo Técnico que propondrán su ubicación definitiva en otro módulo del establecimiento, de acuerdo a la personalidad e historial delictivo, dado que la estancia máxima en ingresos es de 5 días.



OTRAS UNIDADES O DEPARTAMENTOS

  • Hospital psiquiátrico penitenciario
Su finalidad es esencialmente medico asistencial, los internos no se clasifican en grados, son considerados como pacientes por su patología psiquiátrica y el criterio a seguir es siempre el criterio facultativo especializado. Actualmente existen hospitales psiquiátricos penitenciarios en Sevilla y Alicante.

  • Unidad de custodia hospitalaria
Son espacios reservados para albergar a internos que requieran asistencia hospitalaria en determinados hospitales (civiles) de referencia, en ellos se intenta combinar el funcionamiento hospitalario con las razones de seguridad y vigilancia a cargo de las fuerzas de seguridad.

  • Comunidad terapéutica extrapenitenciaria
La administración penitenciaria viene colaborando desde hace muchos años con organizaciones externas (públicas y privadas) a las que se pueden derivar internos para que aborden programas específicos de tratamiento, normalmente en el campo de las adicciones. Dicha derivación conlleva la información previa de los compromisos, fines y normas de la comunidad y sus programas específicos. La selección se realiza por la Juntas de Tratamiento y sobre estos internos se informa al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

  • Comunidad terapéutica intrapenitenciaria
En el interior de muchos centros penitenciarios también existen módulos o unidades que funcionan bajo los postulados de comunidades terapéuticas donde se ponen en práctica intervenciones y programas de tratamiento tendentes a potenciar el abordaje de multitud de aspectos vinculados con la conducta delictiva, con el fin de ayudar a controlarlos y superarlos. Un ejemplo serían los módulos terapéuticos.

  • Unidad dependiente
Son unidades penitenciarias arquitectónicamente situadas fuera de los centros penitenciarios, normalmente en pisos o viviendas ordinarias sin ningún signo externo que las identifique. Se crean por Orden Ministerial. Como su nombre indica, dependen de un centro penitenciario concreto así como de los equipos directivos y órganos colegiados de dicho centro, en estas unidades residen hombres y mujeres clasificados en tercer grado, y normalmente, colaboran asociaciones y organismos no penitenciarios.

  • Sección abierta
Son dependencias de un centro penitenciario, generalmente en el exterior del mismo, donde se destinan a internos clasificados en tercer grado.

  • Departamento mixto
Son departamentos en los que pueden ser destinados hombres y mujeres para evitar la desestructuración familiar o ejecutar programas específicos de tratamiento. A este tipo de departamentos no se puede destinar a internos condenados por delitos contra la libertad sexual.
Un ejemplo es el Módulo familiar del Centro Penitenciario de Madrid VI, para aquellos casos en que ambos miembros de la pareja se encuentren encarcelados y tengan hijos menores de 3 años. En estos casos pueden convivir con sus hijos menores de 3 años, si reúnen un mínimo perfil de seguridad y existe garantía del buen cuidado de los menores.

  • Módulos conflictivos
Son aquellos en los que conviven los usuarios más conflictivos del centro. Para entrar a este módulo no siempre es por ingreso directo, sino que a veces los reclusos se meten en problemas y se les cambia de módulo.

  • Módulo de aislamiento
Este módulo está destinado a los internos clasificados en Primer Grado, y a los sancionados con días de aislamiento por haber cometido alguna falta grave, es decir, por sanción disciplinaria. El régimen de vida en estos módulos es el llamado Régimen Cerrado. En todos los Centros Tipo suele haber un módulo de aislamiento.
Los reclusos sancionados por haber cometido una falta grave suelen estar aquí durante 3 días, variando según la falta, y hasta que se establezca la sanción correspondiente.
También pueden utilizarse como el paso intermedio de un modulo de carácter normal a otro de tipo conflictivo; o como función para cuando los reclusos deben salir del centro por algún motivo (juicios, cambio de prisión…) para que no se produzcan altercados.

  • Módulo universitario
Se trata de departamentos en los que sus internos realizan estudios universitarios, ello propicia un clima de respeto y compromiso a la vez que potencia los recursos y tutorías con el fin de sacar el máximo provecho. Un ejemplo de estos módulos sería el Módulo UNED.

  • Módulo terapéutico
El módulo terapéutico se trata de un módulo independiente que alberga a internos en programa integral de drogodependencias. Se constituye un espacio socioeducativo y terapéutico, libre de las interferencias que genera la droga, fomentando cambios en los hábitos, actitudes y valores de los internos e internas residentes, creando un ambiente dinámico y personalizado, en el que adquiere mayor eficacia la intervención multidisciplinar dirigida a la normalización y reincorporación social de los internos e internas.

  • Unidades de madres
La legislación española contempla el derecho de las madres a mantener a sus hijos con ellas hasta que cumplan los tres años. Así lo establece el Art. 38 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.


Infraestructuras específicas

Para ello, y procurando el bienestar de los menores y mejorar las condiciones estimulares dónde estos niños se desenvuelven, se han puesto en marcha varias estructuras:

  • Unidades dependientes: pequeños hogares para internas en régimen de semilibertad. La Junta de Tratamiento puede proponer que una interna madre clasificada en tercer grado o en segundo bajo el régimen de flexibilidad que marca el Art. 100.2, pueda ser trasladada con su hijo/a a una unidad dependiente en el exterior, siempre que esta propuesta sea autorizada por el Centro Directivo.
  • Unidades de madres: módulos específicos en el interior de los centros penitenciarios, pero separados arquitectónicamente del resto.
  • Escuelas infantiles perfectamente dotadas. En ellas existen especialistas en educación infantil que se encargan de la programación educacional y lúdica de los menores. La escuela infantil dispone de aula de psicomotricidad, aula escolar, comedor y zonas ajardinadas para juegos al aire libre. Está atendido por personal laboral fijo que programa las clases como en cualquier otro centro de educación infantil.
  • E incluso un módulo familiar donde compartir la crianza de los menores con los miembros de la pareja cuando ambos se encuentran en prisión. Este último con carácter excepcional, extiende el principio constitucional de protección a la familia al ámbito penitenciario. Se trata de frenar, en lo posible, la desestructuración familiar y proporcionar la asistencia especializada necesaria a los niños menores de tres años que convivan en prisión.

Llamamos “escuela de madres” a una serie de iniciativas que cubren todas y cada una de las necesidades de formación integral de estas internas, atendiendo a su condición de madres, y a que cubran un itinerario formativo enfocado a su inserción laboral.
En estas unidades, La Administración garantiza al menor las horas de descanso y de juego que necesiten. Así mismo, le proveerá de lo necesario para el menor si la madre careciera de medios.


Las unidades externas de madres

Se trata de una experiencia pionera en Europa, cuyo objetivo es crear un ambiente adecuado para que los niños puedan desarrollarse emocional y educativamente durante el tiempo que tengan que permanecer en el centro, a la vez que se favorece la reinserción social las madres.
Con la creación de estas nuevas estructuras se pretende segregar definitivamente las unidades de madres que están dentro de los centros penitenciarios, y dotarlas de completa autonomía penitenciaria para establecer un régimen de convivencia específico facilitando un desarrollo armonioso de los menores y una adecuada relación materna filial.
Disponen de sistemas de seguridad basados en sistemas de control de vigilancia electrónica que se sustentan mediante cámaras, alarmas y detectores de presencia a lo largo del perímetro, de forma que constituyen una vigilancia “no agresiva”. Todo ello en orden a facilitar un desarrollo armonioso de los menores que conviven con sus madres.
Todas las visitas se llevan a cabo de forma que permitan el contacto directo de los niños con visitantes: padres, abuelos hermanos o allegados. Cuando la madre solicite visita conyugal, ésta se realizará cuando el menor está ausente, por escolarización, o quedando a cargo de alguna compañera. El régimen de visitas del menor sólo se puede restringir de forma transitoria por razones de orden y seguridad del Establecimiento.
También se facilita el acceso de las madres a los recursos sociales externos de inserción laboral, cursos formativos y actividades culturales.



Módulo de madresLa legislación española contempla el derecho de las madres a mantener a sus hijos con ellas hasta que cumplan los tres años. Así lo establece el Art. 38 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.


  • Módulos de respeto

Un módulo de respeto es una unidad de separación interior dentro de un centro penitenciario. Tienen su origen en el año 2001 en el Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas (León), y en la actualidad están implantados en todos los establecimientos penitenciarios de España.
La finalidad de los Módulos de Respeto es lograr un clima de convivencia y máximo respeto entre los residentes del módulo. En ellos el interno deja de vivenciar el módulo y sus normas como “algo impuesto” para considerarlo como “algo propio”.
El factor fundamental es la participación del interno en la vida, las tareas y las decisiones del módulo, a través de grupos de trabajo y comisiones de internos.

Normas de convivencia

La inclusión del interno al Módulo de Respeto es voluntaria y lleva implícita la aceptación de las normas del departamento, que regulan:
  • El área personal referente a higiene, aspecto, vestuario y cuidado de celda.
  • El área de cuidado del entorno (tareas de módulo) relativa a la utilización y mantenimiento de los espacios comuneS.
  • El área de relaciones interpersonales que incluye todas las interacciones del sujeto: con otros internos, con funcionarios, terapeutas y personal del exterior.
  • El área de actividades, que regula la programación de actividades de cada interno de acuerdo a un Programa Individual de Tratamiento (PIT), independientemente de las tareas de módulo que le corresponda a su grupo

Aunque todo lo anterior también es de aplicación a los internos incluidos en departamentos ordinarios, lo que realmente marca la diferencia es el sistema de organización, que pivota sobre tres ejes: la participación activa de los internos, la organización en grupos de tareas y una evaluación inmediata de las actividades realizadas y del comportamiento individual y colectivo.

Sistema de grupos

Todos los internos deben contribuir al mantenimiento y cuidado de los espacios físicos de su módulo y al desarrollo de las actividades diarias que allí se realizan. Para este fin se organizan grupos fijos encargados cada uno de ellos de una “zona del módulo”, por ejemplo la sala, el comedor, la galería, el patio, los cristales, los talleres ocupacionales, etc. Cada grupo se responsabiliza de que cada zona se encuentre en perfectas condiciones durante todo el día.
Cada grupo lo componen un número de internos y tiene un interno responsable. Tiene asignada una zona durante una semana. Esta asignación dependerá de la suma de evaluaciones individuales que haya recibido el grupo durante la semana previa. De este modo se persigue el incremento de la responsabilidad personal puesto que el comportamiento individual repercute en el colectivo. Semanalmente el grupo que mejores valoraciones haya obtenido es el primero en elegir la tarea a desarrollar.
Todos los internos deben reconocer que sus compañeros tienen la legitimidad y el derecho de exigir, de forma socialmente aceptable, el cumplimiento de las pautas de comportamiento establecidas en su ámbito de responsabilidad. Se apela por tanto también a la solidaridad colectiva.
El responsable del grupo se encarga de repartir el trabajo de forma equilibrada entre sus componentes. También de solucionar los problemas internos que puedan surgir. Orientará a los internos que se incorporan por primera vez al grupo. Y como representante acudirá a la reunión o asamblea de responsables que se celebra semanalmente.

Estructuras de participación

En los Módulos de Respeto existen diferentes comisiones de internos que cumplen tres objetivos:
  • Posibilitar la participación en la organización del módulo.
  • Implicar y responsabilizar en la realización de las tareas.
  • Fomentar el diálogo y la negociación

A pesar de ello los módulos de respeto no son sistemas de autogestión, ni permiten la asunción de responsabilidades directivas ni de estructuración por parte de los internos. La última palabra la tienen siempre los profesionales y por ello es necesaria su implicación constante.
Hay una serie de comisiones esenciales para el funcionamiento de los Módulos de Respeto:
  • La reunión diaria o asamblea general: entre todos los internos del módulo y un profesional del Equipo. Tiene por objeto comprobar si todo funciona correctamente, transmitir algunas indicaciones, recordar ciertas normas que se cumplen de forma irregular, novedades, noticias, etc.
  • Comisión de acogida: la encargada de recibir a los internos que ingresan por primera vez en el módulo, facilitando su integración.
  • Comisión de convivencia: su objetivo es mediar entre los internos cuando surjan conflictos personales. Son los propios internos los que eligen sus componentes. Si la comisión no consigue su objetivo de pacificación y acuerdo, recurrirá a los profesionales del centro para que intervengan.
  • La asamblea de responsables: es el máximo órgano de participación de internos. Semanalmente se celebra una asamblea a la que asisten los responsables de los grupos de tarea y los internos que imparten o se responsabilizan de alguna actividad específica. No asisten profesionales del Centro. También pueden participar otros internos para dar una mayor participación al colectivo.

Evaluación de los internos

La evaluación de los internos tiene repercusiones en la colectividad. Se trata de crear una presión grupal positiva, que favorezca valores como la solidaridad, la responsabilidad y el respeto mutuo.
La evaluación también sirve de base para la toma de decisiones relativas al interno, su evolución, o servir de soporte de informes para órganos o autoridades administrativos o judiciales.
El sistema de evaluación es complejo. Trata de reproducir, una vez más, el modo de funcionamiento de la sociedad general. Se intenta que el interno evite recibir sanciones comportándose normalmente. No se están exigiendo conductas extraordinarias sino que cada uno cumpla lo que se espera que debe hacer y dentro de los límites que a cualquiera se le podría pedir.
La evaluación de cada interno se realiza de forma diaria y semanal.


  • Diariamente, a través de los funcionarios de vigilancia del módulo.
  • Semanalmente, a través del equipo de profesionales encargado del módulo





Entrada “Unidades o departamentos”
Jueves 25 de Febrero

Firmado: Diana Esteban Martínez e Itziar Honorato Jiménez 




  

martes, 23 de febrero de 2016

SESIÓN 26 DE FEBRERO 2016

En la próxima sesión, como se cita en el cronograma inicial, se desarrollará el tema de la organización interna de los centros penitenciarios en la Comunidad de Madrid. En ésta se profundizará y se diferenciará entre: módulos de ingreso, módulos de aislamiento, módulos de respeto, módulos conflictivos, módulos psiquiátricos y unidades de madres.
La sesión será desarrollada por las integrantes Diana Esteban y Itziar Honorato.

                         Firmado: Cristina Gómez Montes

jueves, 18 de febrero de 2016

TIPOS DE CENTROS PENITENCIAROS EN LA COMUNIDAD DE MADRID

En la Comunidad de Madrid, como en casi todas las comunidades autónomas, existen dos tipos de centros diferenciados por el régimen que tienen establecidos cada uno:


  • Centros cerrados: el usuario se encuentra totalmente privado de su libertad. Estos centros tienen unas normas completamente diferentes a los de régimen semi-abiertos.
  • Centros semi-abiertos/abiertos: son los denominados "C.I.S", es decir, Centros de Inserción Social. Destinados a los usuarios que se encuentran en semi-libertad, también llamados de tercer grado, o poseen condenas liberatorias en las que tengan sólo que ir al centro en las horas que el juez haya estipulado, para cumplir una infracción.

Centros Cerrados
 

  1. Madrid I: Alcalá de Henares-Meco. Centro penitenciario de mujeres. Creada en 1978. Capacidad para reclusos: 385 celdas, más 38 complementarias.
  2. Madrid II: Alcalá de Henares-Meco. Creada en 1983. Capacidad para reclusos: 522 celdas, más 118 complementarias.
  3. Madrid III: Valdemoro. Creada en 1992. Capacidad para reclusos: 585 celdas, más 373 complementarias.
  4. Madrid IV: Navalcarnero. Creada en 1992. Capacidad para reclusos: 750 celdas, más 113 complementarias.
  5. Madrid V: Soto del Real. Creada en 1995. Capacidad para reclusos: 1008 celdas, más 174 celdas complementarias.
  6. Madrid VI: Aranjuez. Creada en 1998. Capacidad para reclusos: 936 celdas, más 135 complementarias.
  7. Madrid VII: Estremera. Creada en 2008. Capacidad para reclusos: 1008 celdas, más 172 complementarias.

                  
Centros semi-abiertos/abiertos

  1. C.I.S Josefina Aldecoa: Ubicado en Navalcarnero.  Creado en 2011, con una capacidad de 402 celdas.
  2. C.I.S Victoria Kent: Ubicado en Madrid centro, en el distrito de Legazpi. Creado en 1993, con una capacidad de 402 celdas.
  3. C.I.S. Melchor Rodríguez García: Ubicado en Alcalá de Henares. Creado en 2009, con una capacidad de 200 celdas con 4 complementarias.

SPGMA: Son los servicios de gestión de penas y medidas alternativas. Tienen como función la ejecución de las penas y medidas alternativas. Dependen orgánica y funcionalmente de un centro penitenciario o de un C.I.S.
Se configuran por profesionales penitenciarios, tales como psicólogos, pedagogos y trabajadores sociales.

                                                       Firmado: Cristina Gómez Montes.

¿QUÉ SON LOS CENTROS PENITENCIARIOS? ¿QUIÉN TRABAJA EN ELLOS?

CONCEPTO DE CENTROS PENITENCIARIOS
Los establecimientos penitenciarios se conciben como un núcleo urbano autosuficiente, donde una multitud de profesionales desarrollan su labor para la reeducación y reinserción social de los penados y, al mismo tiempo, garantiza la seguridad y la custodia de la persona.

Encarcelado.


PROFESIONALES
En cuanto a los profesionales, cabe destacar los siguientes:
  • Juristas: Son los encargados de estudiar la información penal, procesal y penitenciaria de cada interno, y de realizar la valoración jurídica para su clasificación, que determinará la programación del tratamiento que ha de seguir.
  • Psicólogos: Estudian las variables que determinan el comportamiento del interno, para emitir informes e identificar las carencias y necesidades que deben ser tenidos en cuenta a la hora de asignar los programas de tratamiento y los modelos individualizados de intervención para cada recluso.
  • Sociólogos: Realizan las investigaciones y estudios que determinan la Administración penitenciaria, al tiempo que asesoran sobre las materias propias de su especialidad. Participan, además, en el desarrollo y evolución de los programas de intervención a los reclusos.
  • Pedagogos: Realizan las investigaciones y estudios desde el punto de vista del historial escolar, grado de cultura y nivel de instrucción de los internos. Además, ponen en marcha programa pedagógicos en los centros penitenciarios y participan en las reuniones de los Equipo de tratamiento.
  • Educadores: Su trabajo consiste en conocer, asesorar e informar, tanto de temas penitenciarios, como extra penitenciarios a cada uno de los internos que tienen asignados. También observar su conducta y emitir los correspondientes informes que quedan reflejados en la carpeta de seguimiento.
  • Trabajadores/as sociales: Antes de iniciar cualquier otra intervención para la rehabilitación del interno, la atención prioritaria de los trabajadores sociales está centrada en resolver los problemas socio-familiares que ha desencadenado su ingreso en prisión. Proporcionan información y asesoramiento en general, median en la restauración de los vínculos familiares deteriorado o rotos para tratar de favorecer la reinserción social del interno. Son los responsables de propiciar la inserción laborar de aquellos reclusos cuya situación penitenciaria les permita acceder al trabajo. Entre sus funciones se encuentran, además, la labor de apoyo y seguimiento a los liberados condicionales y a las personas sometidas a penas alternativas.
  • Personal sanitario: El encargado de la actividad sanitaria, tanto preventiva como asistencial, de los internos dentro del establecimiento penitenciario. Son los responsables de asegurar el correcto cumplimiento de los programas de salud establecidos por la dirección del centro o por la administración sanitaria competente.
  • Personal de interior y vigilancia: Este grupo representa la inmensa mayoría del colectivo de trabajadores del sistema, y desarrollan diversas y variadas funciones dentro de los centros. Además de garantizar el mantenimiento del orden, está directamente implicado en las tareas educadoras y de rehabilitación de los presos. Su trabajo se desarrolla en colaboración con los equipos terapéuticos y educativos del centro, y su aportación resulta un factor imprescindible en el proceso de reinserción de las personas que han delinquido y han sido condenadas por ello.
  • Administración y servicios: El soporte horizontal se lleva a cabo por el personal, funcionarios/as y laboral, de gestión de recursos, mantenimiento e informática.



ESTRUCTURA
Por otra parte, cada centro penitenciario dispone de una estructura propia compuesta por:
  • Director/a del centro penitenciario.
  • Cinco subdirecciones: Subdirección de Tratamiento, Subdirección de Seguridad, Subdirección de Régimen, Subdirección Médica, Administrador/a.
  • Funcionarios/as.



FINALIDAD
Por último, la finalidad de estos centros es: reeducar, reinsertar y preparar al recluso para la vuelta en libertad


                                    Firmado:  Miriam San Juan Guerrero.

SESIÓN 19 DE FEBRERO 2016

En la próxima sesión se hablará sobre el concepto de centros penitenciarios, así bien como los centros que hay en la comunidad de Madrid tanto  centros de régimen cerrado como centros semi-abiertos y abiertos.
La sesión será desarrollada por las integrantes del grupo: Miriam San Juan, la cual hará una introducción sobre el concepto de cárcel/centro penitenciario. Seguidamente, Cristina Gómez hablará sobre los tipos de centros que existen en la Comunidad de Madrid, y las características de cada uno de ellos.

                                 Firmado: Cristina Gómez Montes


martes, 9 de febrero de 2016

INTRODUCCIÓN



El tema que vamos a tratar durante todas las sesiones será sobre el colectivo de reclusos, en el que profundizaremos sobre el tema de la reinserción y los prejuicios que existen en la sociedad ante este tipo de colectivos.

Trataremos diferentes temas, desde los tipos de centros penitenciarios existentes en la Comunidad de Madrid, la organización que existe dentro de éstos, los tipos de centros que existen, los proyectos que existen, tanto dentro como fuera de ellos para este colectivo, y el día a día de las personas privadas de libertad.


También expondremos una entrevista de diversos usuarios para conocer la opinión que hay en la sociedad y los problemas que encuentran éstos a la hora de integrarse en la sociedad.
Intentaremos tener contacto directo con miembros de los centros penitenciarios, tanto con reclusos como con profesionales.
Y por último expondremos un video de un taller de fotografía que hicieron los reclusos en un centro penitenciario de Madrid en la que muestran "cómo se ven".

La primera sesión será expuesta por Irene Conde Losa.
Día 12 de Febrero de 2016.

El grupo se compone por:

  • Miriam San Juan Guerrero
  • Itziar Honorato Jiménez
  • Cristina Gómez Montes
  • Diana Esteban Martínez
  • Yaiza Chico González 
  • Irene Conde Losa
Firmado: Irene Conde Losa




GRUPO 2° C2 A